La Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la Secretaría de Movilidad, ha decidido implementar medidas restrictivas para vehículos y motocicletas de manera extraordinaria. Habrá nuevas reglas de pico y placa para vehículos particulares y motos y restricciones para vehículos de carga.
Aquí te las explicamos:
Restricción para transporte de carga a partir del viernes 6 de marzo a las 5:00 p.m.
La restricción para los vehículos de transporte de carga de más de 10 años se implementará de la siguiente manera:
Lunes a viernes:
Desde las 6:00 a.m. hasta las 12:00 p.m. y desde las 5:00 p.m. hasta las 10:00 p.m.
Sábados, domingos y festivos:
Desde las 5:00 a.m. hasta las 9:00 p.m., rotativo de acuerdo con el último dígito de la placa (par o impar) del vehículo.
Restricción para vehículos particulares y motocicletas a partir del sábado 7 de marzo
Se restringe transitoriamente la circulación de acuerdo con el último dígito del número de la placa de la siguiente manera:
En los días pares del calendario, los vehículos cuya placa termine en dígito par, incluido el número cero (0), y en los días impares del calendario los vehículos cuya placa termine en dígito impar en los siguientes horarios según el día de la semana:
Lunes a viernes:
Desde las 6:00 a.m. hasta las 7:30 p.m.
Sábados:
Desde las 6:30 a.m. hasta las 6:00 p.m.
Domingos y festivos:
Desde las 6:30 p.m. hasta las 2:00 p.m.
PARA LAS MOTOCICLETAS CUYA PLACA TERMINE EN LETRA, ESTA MEDIDA SE APLICARÁ TOMANDO EL NÚMERO QUE ESTÁ JUSTO ANTES DE LA LETRA.