Actividades turísticas en Embalse del Sisga, no están permitidas: Director de la CAR
Usuarios en redes sociales, reportan que en el Embalse del Sisga, algunos visitantes no están haciendo buen uso de las zonas y desarrollan allí actividades turísticas que ponen en riesgo los servicios ecosistémicos presentes. Ante ello, la CAR Cundinamarca, informa a la ciudadanía que esta es una represa que fue construida con el propósito de regular y almacenar las aguas del río Sisga y que como autoridad ambiental, se encarga de administrar el Embalse para su protección, a través de medidas de control y monitoreo diario de los niveles del espejo de agua que permiten tomar acciones para evitar inundaciones en la Sabana de Bogotá, y garantizar su función de abastecimiento.
Esta represa, ubicada en la cuenca alta del río Bogotá, a la altura de los municipios de Chocontá, Sesquilé, Guatavita y Machetá, se caracteriza por tener en sus alrededores y dentro de sus aguas, una gran diversidad de flora y fauna que la convierten en una de las maravillas naturales del centro del país.
El embalse del Sisga sirve de reserva hídrica y no es un parque natural, por lo que sus zonas aledañas no cuentan con la infraestructura para ofrecer servicios de camping, pesca deportiva, navegación o cualquier tipo de actividad ecoturística. Es así como la CAR hace las siguientes aclaraciones:
1. Se puede observar el embalse desde dos puntos: en el Mirador que se encuentra ubicado en el puente del Sisga, en la vía Bogotá – Tunja y en el embarcadero situado al lado del restaurante El Refugio del Sisga.
2. La navegación en el embalse está prohibida para el público en general, solo personal autorizado por la CAR, en funciones propias del monitoreo, tienen acceso al cuerpo de agua.
3. Las visitas al cuarto de máquinas de la represa están restringidas al público, solo puede ingresar el personal debidamente autorizado por la corporación.
Ante esto, el Director General de la CAR, Néstor Guillermo Franco González, indica que “el sistema de Embalse del norte de la ciudad administrado por la CAR tienen una vocación y objetivo esencial que es la regulación hidráulica y garantizar el almacenamiento de los excedentes de agua para propósitos
relacionados con los servicios de acueducto y energía, por tal motivo se reitera que ni el espejo de agua del Embalse del Sisga, ni las zonas aledañas, están habilitadas para adelantar actividades eco turísticas y tampoco la práctica de ejercicios o deportes náuticos”
En caso tal de que sea necesario solicitar el ingreso a alguna zona del embalse del Sisga, se debe tener en cuenta que:
1. Para acceder a cualquier tipo de autorización por parte de una entidad o persona natural hay que dirigirse a la Dirección de Recursos Naturales, al correo sau@car.gov.co, exponiendo la necesidad o finalidad en el cuerpo de la petición.
2. Se deben anexar los documentos que soporten el motivo de la solicitud, los cuales dependerán del tipo de labor o visita. Se recuerda que la CAR autoriza el ingreso, -pero exige que se cumplan los protocolos de seguridad que se requieren en cualquier tipo de actividad.
3. En un plazo máximo de 10 días hábiles se dará la debida respuesta con las respectivas recomendaciones.
No obstante, la CAR le recuerda que la conservación del embalse y en general de las fuentes hídricas es responsabilidad de todos.