Cajicá gana en primera instancia demanda impuesta por Camacol
Camacol había solicitado judicialmente la nulidad de los Decretos 015 y 024 de 2016, que determinaron y reglamentaron la suspensión temporal de licencias de construcción de proyectos de alto impacto.
El Juzgado Tercero Administrativo del Circuito Judicial de Zipaquirá negó la pretensión de Camacol de declarar nulos los Decretos y aseguró que la medida preventiva buscó garantizar el acceso a los servicios públicos domiciliarios.
La justicia colombiana le dio la razón a la Alcaldía Municipal de Cajicá, en primera instancia, frente a la demanda que interpuso la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol), para declarar la nulidad del Decreto 015 del 3 de marzo de 2016 y algunos artículos del Decreto 024 de 2016, en los cuales se determinó y reglamentó la suspensión de los términos para el estudio revisión y expedición de licencias urbanísticas temporal de licencias de construcción relacionadas con proyectos de alto impacto en el municipio.
De esta manera, la justicia colombiana le da un espaldarazo a la autonomía territorial de los municipios, que para el caso de Cajicá, bajo el mandato del alcalde Orlando Díaz Canasto, lo único que ha buscado es garantizar el acceso de todos los cajiqueños y nuevos pobladores a servicios públicos de calidad y generar un desarrollo ordenado, acorde con la realidad del contexto municipal.
Según el fallo del Juzgado Tercero Administrativo del Circuito Judicial de Zipaquirá se niegan las pretensiones de Camacol de declarar nulos los Decretos 015 y 024 de 2016 de Cajicá, dado que el alcalde Díaz Canasto “está tomando una medida administrativa de carácter transitorio y preventivo para garantizar el acceso a los servicios públicos domiciliarios a la comunidad”. Además, que “es evidente que el alcalde de Cajicá estaba en total uso de sus competencias conferidas por el artículo 315, numeral 3º. de la Constitución Política Colombiana”.
Es de recordar que al asumir su mandato, Orlando Díaz Canasto encontró que la administración anterior había dejado tres planes parciales de construcción adoptados, lo cual implicaba dar vía libre a más de 30 mil viviendas, con un impacto poblacional de más de 100 mil habitantes nuevos, aproximadamente.
Además, que el municipio de Cajicá no cuenta con acueducto propio y que por lo tanto compra el agua de Bogotá. Al hacerlo de esta manera, y con el aumento considerable que traería la aprobación de licencias aprobadas en los planes parciales, el suministro de agua sería deficiente y afectaría la prestación eficiente.
“Lo que siempre he sostenido es que Cajicá no se opone al desarrollo, pero hay que hacerlo, en orden, garantizando el acceso a los servicios públicos de los cajiqueños y los nuevos pobladores y asegurando la sostenibilidad y calidad de vida para todos”, afirmó el alcalde Orlando Díaz Canasto.